Normativa sobre Minerales en Conflicto

En pasado 17 de mayo del 2017 el Parlamento Europeo examinó la propuesta de la Comisión Europea para garantizar el abastecimiento responsable de minerales por las empresas europeas que se abastecen en zonas de conflicto, aprobando el Reglamento 2017/821  normativa obligatoria que empieza a regir en el año 2021.

El objetivo declarado es de romper el vínculo entre los recursos naturales y los conflictos, como es el caso en la República Democrática del Congo, pero también en Birmania, Colombia, Zimbabue y la República Centroafricana. La población de estos lugares está confrontada a la violencia y a condiciones de vida indigna, pagando un precio muy alto por la explotación de ciertos recursos naturales.

Aunque acogemos con satisfacción la iniciativa tomada por la Unión Europea, deploramos la debilidad del sistema que se implmentá pues la legislación debería de aplicarse de manera obligatoria para todas las empresas y no como un sistema voluntario, pues lo parémetros tan flexible establecidos hace que este Reglamento se vaya a aplicar a únicamente una pocas.

Las obligaciones debería de aplicarse todos los recursos naturales y no únicamento a los seleccionados, como es el caso del Cobalto que ha quedado por fuera.  Así mismo a todas las empresas europeas que introducen en el mercado europeo productos que contienen minerales provenientes de zonas en conflicto, y no como establece esta normativa que establece umbrales muy altos como mínimos de exportación o bien deja por fuera a todas las empresas "downstream" o transformadoras de los materiales.

 

El REGLAMENTO (UE) 2017/821 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DEL 17 DE MAYO DE 2017 ES UNA NORMATIVA OBLIGATORIA PARA TODAS LAS EMPRESAS IMPORTADORAS DE MINERALES. ESTA CONTEMPLA UNOS UMBRALES MÍNIMOS ANUALES DE IMPORTACIÓN, PERO EN ESTOS QUEDAN EXENTAS AQUELLAS IMPORTACIONES QUE NO ALCANCEN DICHO UMBRAL O QUE SEAN INTRODUCIDAS EN LA UE INCORPORADAS EN PARTES O PRODUCTOS YA ACABADOS. POR LO TANTO LA NORMATIVA NO RADICA LA POSIBILIDAD DE QUE ESTOS MINERALES SIGAN SIENDO UNA FUENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE CONFLICTOS ARMADOS

 

 

GUIA DE LA OCD